Resolución 551/2009

legislacion_medica

Superintendencia de Servicios de Salud
Resolución 551/2009
Créase la “Unidad de Análisis y Seguimiento de Expedientes”.

Bs. As., 15/5/2009

VISTO las Leyes Nros. 23.660 y 23.661, los Decretos Nº 1615/96 y 1547/07, la Resolución Nº 370/09-SSSALUD y el Expediente Nº 156.489/09 del registro de esta Superintendencia,

y; CONSIDERANDO:

Que tal como lo establece el artículo 2 del Decreto 1615/96 la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD tiene como función primordial la supervisión, fiscalización y control de los agentes que integran el Sistema Nacional del Seguro de Salud.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del referido Decreto, esta Superintendencia debe fiscalizar el cumplimiento, por parte de los Agentes del Seguro de Salud, del PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO.

Que el cumplimiento de esas funciones de control debe realizarse en tiempo oportuno a los fines de garantizar en forma efectiva el mandato que surge del artículo 27 de la Ley 23.661 que reconoce el derecho a los beneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud a acceder a servicios de salud accesibles, suficientes y oportunos.

Que no puede soslayarse al respecto que se encuentra involucrado el derecho constitucional a la salud garantizado por el artículo 42 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 12 del PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES de la ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS, con jerarquía constitucional por imperio de lo dispuesto en el artículo 75, inciso 22 de nuestra Ley Fundamental.

Que es objetivo fundamental de la actual gestión el reordenamiento de los circuitos administrativos y de la tramitación de las actuaciones administrativas a los fines de dotar de rapidez y eficacia al accionar de esta Superintendencia.

Que en razón de ello esta SUPERINTENDENCIA ha acordado con Ia Facultad de Ciencias Económicas de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES la implementación de un “Convenio de Asistencia Técnica” con el objetivo de complementar las acciones tendientes al mejoramiento de los procedimientos y el consecuente logro de los objetivos concebidos al momento de la creación de esta Superintendencia.

Que dicho Convenio fue aprobado mediante Resolución Nro. 370/09-SSSALUD.

Que es incompatible con los fines antes señalados la injustificada demora observado en la tramitación de Expedientes de antigua data.

Que a los fines de regularizar la situación sin demorar los trámites iniciados recientemente por diferentes reclamos de los beneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud, resulta necesario la constitución de una “UNIDAD DE ANALISIS Y SEGUIMIENTO DE EXPEDIENTES” que tenga como tarea el revelamiento de la totalidad de los Expedientes de esta Superintendencia presentados hasta el 31 de diciembre de 2007, que no hayan sido resueltos por las unidades operativas del Organismo pese a encontrarse en condiciones administrativas de ser decididos, sugiriendo, previo análisis de los mismos, las medidas a dictar a fin de concluir su tramitación.

Que Ia Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tornado la intervención de su competencia. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Decretos Nros. 1615/96 y 1892/08.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1º — Créase, en el ámbito de la Gerencia General de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD”, la “UNIDAD DE ANALISIS Y SEGUIMIENTO DE EXPEDIENTES”.

Art. 2º — La Unidad creada por el artículo 1º de la presente, tendrá como tarea el análisis y despacho de los Expedientes sumariales que habiendo sido iniciados con anterioridad al 31 de diciembre de 2007 no se encuentren resueltos a la fecha de la entrada en vigencia de la presente, proponiendo en cada uno de los Expedientes y actuaciones que le fueran asignados, los actos a dictar a fin de concluir su tramitación.

Art. 3º — La “UNIDAD DE ANALISIS Y SEGUIMIENTO DE EXPEDIENTES” se conformará en el marco del “Convenio de Asistencia Técnica” celebrado con la Facultad de Ciencias Económicas de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES y aprobado mediante Resolución Nro. 370/09 – SSSALUD.

Art. 4º — La Unidad tendrá un plazo de NOVENTA (90) días para cumplir con su cometido.

Art. 5º — El dictado de la presente resolución es sin perjuicio de la responsabilidad disciplinaria que pudiera corresponder por la demora en la resolución de los expedientes comprendidos en la presente resolución.

Art. 6º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente, archívese.

Acerca de Auditoras Medicas

INFORMACIÓN PERSONAL Nacionalidad: Argentina Edad: 31 años Lugar de nacimiento: Alcira Gigena – Pcia. Córdoba PRIMARIO Escuela General Manuel Belgrano: 1983 – 1990 SECUNDARIO Colegio Nuestra Señora del Carmen: 1991 – 1995 Bachiller con orientación docente. UNIVERSITARIO Universidad Nacional de Córdoba: 1996 – 2002 Médico Cirujano. · Post Grado Gerenciamiento Gestión Calidad de Salud – Instituto Reeserch Buenos Aires 2007 · Post Grado de Auditoría Médica – Fundación Aurora - Tucumán 2007 EXPERIENCIA LABORAL Universidad Nacional de Córdoba – Córdoba Ayudante Alumno en la Cátedra de “Anatomía Normal “. Clínica de la Concepción – Río Cuarto, Córdoba. Cirugías gastrointestinales Sanatorio Privado Río Cuarto – Córdoba Cirugías traumatológicas Hospital Italiano – Córdoba Cirugías urológicas Hospital Pediátrico – Córdoba Ayudantía cirugía y clínica oftalmológica Hospital del Milagro – Salta Pasantía de clínica médica Hospital San Bernardo Concurrencia de oftalmología Clínica y cirugía oftalmológica Guardia oftalmológica Auditoría Médica Secretaria de Asistencia Médica y Promoción Social Plan provincial “Vamos a Ver “ Plan Vida Instituto Pasteur Docente en la materia “instrumentación y Técnica Quirúrgica Oftalmológica III” Instituto Provincial de Salud Medica Auditora ASISTENCIA A CURSOS Y CONGRESOS · Tiroides 2002 Jornadas de Actualización · Jornadas de actualización continua en medicina fliar y gral · II Jornadas de neumonología 2002 · Jornadas de actualización en mastología · Módulo de sepsis y shock séptico · I Jornadas interprovinciales de actualización de cáncer de cuello · Uterino y mamas · Jornadas de oftalmología Hospital San Roque – Córdoba · XVII Congreso Argentino de Oftalmología – Rosario · Aspectos neurológicos, oftalmológicos y sistémicos de la lepra – · Hospital San Bernardo – Salta. · Trabeculectomía de pequeña incisión evitando cápsula de Tenon · Implantes en glaucoma · Curso Anual 2004 –Buenos Aires · Curso anual en retina y vítreo, córnea y glaucoma · Rebecos 2004 · Ateneos interhospitalarios 2003 Nuevo hospital el Milagro · Queratopatía · Endoftalmitis · Visión Subnormal · Retinopatía Diabética · Curso Anual de Glaucoma – San Salvador de Jujuy · Jornadas de Actualización de neuro-oftalmología · XIV Curso Regional Panamericano – Córdoba · Curso Anual CAO – SAO 2006 · Curso Internacional de Oftalmología – Tucumán 2006 · Post Grado Gerenciamiento Gestión Calidad de Salud – Instituto Reeserch Buenos Aires 2007 · Fortalecimiento Institucional – Hospital San Bernardo 2007 · Post Grado de Auditoría Médica – Fundación Aurora - Tucumán 2007 TRABAJOS CIENTIFICOS REALIZADOS Recursos Humanos – Hospital Central – Río Cuarto Polineuropatía en la población de la pcia. de Córdoba Aborto Cardiopatías Congénitas en niños de la pcia. de Córdoba en Relación con la población total de niños de la Argentina y del Mundo Incidencia de casos de linfoma primario de bazo, sus manifestaciones clínicas y radiológicas Módulo optativo de cardiología pediátrica Módulo optativo de Bioética Eutanasia

Publicado el 18 junio 2009 en Hospital Publico, Legislacion Medica, Salud Publica y etiquetado en , , , , , . Guarda el enlace permanente. Dejar un comentario.

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